Nulidades de traslados a fondos privados
Liquidaciones
Revisión de liquidación por terminación de contratos laborales.
Procesos laborales
Frente a la pregunta donde debo estar en un fondo privado o en Colpensiones, podemos afirmar que todo colombiano con ingresos superiores a un salario mínimo y con la posibilidad de cotizar 25 años debe estar afiliado a Colpensiones.
debes tener en cuenta que si tus ingresos se encuentran fluctuando en entre 1 a 4 salarios mínimos en un fondo privado vas a obtener una pensión promedio de un salario mínimo.
recuerda que todas las pensiones reconocidas por el sistema publico administrado por Colpensiones están subsidiadas por el gobierno o en otras palabras por los colombianos, protegiendo de una forma adecuada la vejez de todos los colombianos.
las personas que se encuentran en un fondo privado a menos de 10 años de pensionarse y desea regresar a Colpensiones, lo pueden hacer si a la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993, cuentan con 750 semanas esto es al 1 de abril de 1994.
si no cumple con las 750 semanas a la entrada en vigencia de la ley 100, puede iniciar un proceso ordinario laboral en busca de la nulidad de la afiliación por vicios en el consentimiento fruto de una inadecuada asesoría por parte de los fondos privados
Expertos en Seguridad social, ponemos a su disposición todos nuestros conocimientos, con el fin de brindar la mejor asesoría acorde a cada perfil.
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